Comunicado sobre la detención de Alexis Rodríguez

En las últimas horas se ha tenido conocimiento a través de noticias publicadas en diversos medios de comunicación de la detención de D. Alexis Rodríguez por parte de la Unidad de Droga y Crimen Organizado de la Policía Nacional en el marco de una operación llevada a cabo en relación con la eventual presunta comisión de un delito contra la salud pública y que pudiera guardar relación con el tráfico de sustancias y métodos de dopaje prohibidos en el deporte.

Ante tales hechos, desde la Federación de Castilla y León de Triatlón, a través de la presente comunicación, se quiere informar de cuanto sigue.

D. Alexis Rodríguez ha venido estando adscrito o vinculado federativamente a la Federación de Castilla y León de Triatlón. Siendo ello así, desde esta federación deportiva se quiera manifestar públicamente:

a) Que se rechaza cualquier manifestación de dopaje y fraude deportivo llevado a cabo por cualquier persona, y máxime en aquellos casos en los que se trate de quien se encuentra federado.

b) Que es de agradecer toda actuación desarrollada por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en este tipo de actuaciones relacionadas con el dopaje en el deporte, por lo que no podemos mas que mostrar el total reconocimiento a su labor.

c) Que ante eventuales ilícitos penales que se hubiesen podido cometer por parte de cualquier persona federada en relación con el dopaje, resulta necesario que se apliquen por los juzgados y tribunales de Justicia las penas que el ordenamiento jurídico prevé para este tipo de delitos contra la salud pública.

d) Que, más allá de las penas que se pudiesen llegar a imponer por la comisión de delitos en relación con el dopaje por nuestros juzgados y tribunales de Justicia, las autoridades administrativo – deportivas y las federaciones deportivas deberán y/o deberemos proceder al enjuiciamiento disciplinario correspondiente, para imponer las sanciones deportivas de suspensión e inhabilitación previstas en las disposiciones normativas vigentes. En tal sentido, cumple recordar que constituyen infracción deportiva de las normas de dopaje, además del uso o consumo de sustancias prohibidas en el deporte, las actuaciones tales como el consumo y suministro de agentes dopantes.

e) Que quienes infringen las normas de dopaje de cualquier forma no deben tener cabida en nuestra federación deportiva, y ello debido al daño irreparable causado por su parte en la imagen del deporte y el innegable perjuicio ocasionado a las y los deportistas que respetan las reglas establecidas.

f) Que esta federación deportiva respeta, como no puede ser de otra forma, el derecho a la presunción de inocencia de toda persona implicada en una operación policial relacionada con el dopaje, pero tanto o más respetará el derecho de las y los deportistas que juegan limpio a evitar la presencia de infractores en las competiciones deportivas.

28 de marzo de 2015